Trámites para la Ley de Dependencia en Extremadura

La situación de dependencia de las personas que tienen necesidad de ayuda, bien sea por razones ligadas a la falta o la pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, se encuentra respaldada en Extremadura desde el año 2006 en la LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las  personas en situación de dependencia.
Esta Ley pretende atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar las actividades básicas de la vida diaria, alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía.

El Organismo responsable lo forma la Consejería de Sanidad y Dependencia del Gobierno de Extremadura a través del ente autonómico SEPAD (Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia).
Para mejorar la atención personalizada y la gestión de la atención a los ciudadanos, el SEPAD se estructura en cinco gerencias territoriales que facilitan el acceso de los ciudadanos a este organismo de manera cercana e individualizada.
Los Servicios Centrales, se encuentras ubicados en Mérida, podéis contactar por teléfono para cualquier información que necesitéis, ya que el SEPAD dispone una Centralita a disposición del ciudadano: 924 00 85 30

Además podéis localizar cualquier gerencia y/o servicio específico que necesitéis en el directorio de la web del SEPAD.

Para solicitar la situación de Dependencia, previamente hay que seguir unos pasos.

Documentación necesaria:

Informe oficial de salud cumplimentando por el médico de atención primaria del SES.
Fotocopia del DNI o pasaporte y certificado de empadronamiento (no es necesario entregarlos si se autoriza a la administración a consultarlos de oficio marcándolo en al casilla correspondiente en la solicitud).

En el caso de que el solicitante esté actuando a través de representante legal o guardador de hecho (representante de la persona en situación de dependencia ante el SEPAD) es necesaria la entrega de documento acreditativo

  • Fotocopia compulsada de sentencia judicial en caso de ser representante legal.
  • Declaración de guardador de hecho en el resto de casos (modelo incluido en la solicitud).
  • En ambos casos fotocopia compulsada del DNI de la persona que ejerce la representatividad.

El Modelo Informe Social relacionado con la tramitación, está disponible en el portal web del SEPAD.

Para realizar la entrega de la documentación, se puede acudir a cualquier registro habilitado de la Comunidad Autónoma o en cualquiera de los lugares y en las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para resolver dudas y procurar una atención más dinámica e individualizada, el Gobierno de Extremadura ha creado el teléfono de atención a la Dependencia y al Mayor: 901 12 14 16.

También pueden dirigirse a los trabajadores sociales repartidos por el territorio extremeño:

  • Servicios Sociales de Base.
  • Trabajadores sociales de atención primaria de los centros de salud.
  • Trabajadores sociales de los centros de mayores, personal de las gerencias territoriales y servicios centrales del SEPAD.

¿Necesitas ayuda para gestionar los trámites para la ayuda a la dependencia?

 

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2 comentarios. Dejar nuevo

  • Me gustaría saber si por ser cuidadora Socio Sanitario puedo cuidar a mi madre y percibir una ayuda para cuidadores no profesionales

    Responder
    • Hola Maria. Esa información pueden facilitársela su Trabajador/ Social. En principio la Ley contempla estos casos, únicamente de forma excepcional.
      Esperamos haber sido útiles.

      Saludos.

      Responder

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